Clik here to view.

Al igual que cada año más o menos en esta fecha, Estados Unidos evalúa a cada país y le pone nota en materia de propiedad intelectual, mediante el criticado Informe Especial 301 del Representante de Comercio de EEUU (USTR).
El criterio con el cual se realiza esta evaluación no está del todo claro. El informe no compara las leyes de cada país con las leyes de propiedad intelectual de EEUU, ni tampoco con su propia posición pública respecto a estos temas. La lista refleja básicamente los intereses de las farmacéuticas, discográficas, estudios de cine y editoriales estadounidenses. Los representantes de estas industrias le comunican al USTR cuáles son los intereses que quieren proteger o avanzar, y cuáles son los países que no les otorgan suficientes privilegios para respecto a esos intereses.
Los países que tienen mala nota aparecen en dos listas: una lista de vigilancia prioritaria, y una lista de vigilancia. Para el 2015, los países en la lista de vigilancia prioritaria son: Argelia, Argentina, Chile, China, Ecuador, India, Indonesia, Kuwait, Pakistán, Rusia, Tailandia, Ucrania y Venezuela. De acuerdo al USTR, "estos países serán objeto de conversaciones bilaterales particularmente intensas durante este año." Los países en la lista de vigilancia simple son Barbados, Bielorrusia, Bolivia, Brasil, Bulgaria, Canadá, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Egipto, Grecia, Guatemala, Jamaica, Líbano, México, Paraguay, Perú, Rumanía, Tayikistán, Trinidad y Tobago, Turquía, Turkmenistán, Uzbekistán, y Vietnam.
La forma en que EEUU presenta el Informe Especial 301 es que se trata de una lista negra de países que apoyan la "piratería." La realidad es muy diferente.
¿Por qué Chile está en la "lista negra"?
Las razones por las que Chile está en la lista de vigilancia prioritaria del informe son principalmente 5, que he destacado en el texto original:
Los Estados Unidos continúan teniendo serias preocupaciones de larga data con respecto a cuestiones de derechos de propiedad intelectual en el marco del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y Chile. Los Estados Unidos sigue instando a Chile a [1] implementar un sistema eficaz para hacer frente con urgencia a problemas de patentes en relación con las solicitudes para comercializar productos farmacéuticos. Los Estados Unidos también insta a Chile a [2] ofrecer una protección adecuada contra todo uso comercial desleal, así como la divulgación no autorizada, de datos de prueba u otros datos no divulgados generados para obtener la aprobación de comercialización de productos farmacéuticos. Los Estados Unidos sigue instando a Chile a [3] implementar protecciones contra la evasión ilegal de medidas tecnológicas de protección y protecciones para las señales de satélite portadoras de programas codificados. Chile también debe asegurarse de que los procedimientos administrativos y judiciales efectivos, así como los recursos de disuasión, se pondrán a disposición de los titulares de derechos y proveedores de servicios de cable y satélite, incluidas las medidas para hacer frente a las preocupaciones respecto a cajas decodificadoras. Por último, los Estados Unidos insta a Chile a [4] modificar su régimen de responsabilidad de Proveedores de Servicios de Internet (ISPs) para permitir una acción eficaz contra la piratería a través de Internet, y también insta a Chile a [5] mejorar la protección de las obtenciones vegetales.
Veamos uno por uno los cinco cambios que EEUU quisiera ver en Chile:
- EEUU quiere que sea más fácil para el titular de una patente sobre un medicamento impedir la venta de otro medicamento que dicho titular considere que infringe sus patentes.
- EEUU quiere que los datos de las pruebas médicas realizadas para obtener la aprobación de un medicamento sean secretos. Esto incluye, por ejemplo, información detallada sobre los efectos adversos de estos medicamentos en algunos pacientes durante dichas pruebas.
- EEUU quiere que Chile ponga mano dura contra los decodificadores satelitales. Esta podría ser una petición medianamente legítima, si no fuera porque los "mecanismos de protección tecnológica" a los que se hace alusión incluyen los usados para impedir que los granjeros reparen sus propios tractores.
- EEUU quiere que Chile cambie su régimen de responsabilidad de terceros para proveedores de Internet, que ha sido criticado duramente porque requiere la autorización de un juez antes de borrar contenidos de Internet.
- EEUU quiere que en Chile sea más fácil obtener una patente sobre una semilla (técnicamente, proteger una variedad vegetal)
Lo interesante de todo esto es: supongamos que el día de mañana todo el poder político de Chile se volcara a la tarea de satisfacer todas estas exigencias, una por una, ¿cuál sería el beneficio para los chilenos? Yo resumiría el criterio de la siguiente manera:
- Si los ciudadanos tienen más acceso a medicamentos genéricos, semillas abiertas, tecnologías y cultura: mala nota.
- Si los ciudadanos tienen menos acceso a medicamentos genéricos, semillas abiertas, tecnologías y cultura: buena nota.
El informe 404 de la EFF
En paralelo a la publicación del Informe Especial 301, la Electronic Frontier Foundation (EFF) publicó su Informe Especial 404, cuyo nombre alude al error que produce cuando algo no se encuentra en la web. En este caso, para la EFF lo que no se encuentra es equilibrio entre copyright y el acceso a la ciencia y la cultura. Mientras que el Informe Especial 301 se centra en las formas en que la propiedad intelectual puede usarse para aumentar las ganancias de ciertas industrias, el Informe Especial 404 se centra en las consecuencias de la propiedad intelectual desbocada para otras industrias y para los derechos de los ciudadanos.
Por ejemplo, Paquistán está en a lista negra, porque de acuerdo al USTR las sanciones por ofensas a la propiedad no son suficientemente severas. Pero estas "ofensas" de las que habla EEUU son tan amplias que incluyen, por ejemplo, el derecho que tienen actualmente los estudiantes universitarios paquistaníes en su país de acceder a artículos científicos o libros que de otra forma les estarían vedados. ¿Cómo puede un país alcanzar el desarrollo si sus estudiantes no tienen acceso al conocimiento científico?
Más en general, el informe 404 de la EFF cuestiona la forma en que el USTR asume que las políticas que funcionan en un país desarrollado son útiles o beneficiosas en un país en vías de desarrollo. También ponen en evidencia la arbitrariedad de los criterios utilizados. Por ejemplo, Finlandia estaba en la lista negra hasta el año pasado, pero las patentes que le preocupaban a algunas farmacéuticas de EEUU ya van a expirar, así que Finlandia ya no está en lista negra. Canadá, por otra parte, continúa en la lista negra en parte porque los tribunales canadienses están aplicando estándares de utilidad más altos que en EEUU: patentes que en EEUU son consideradas válidas, en Canadá no lo son. Esto es un motivo absurdo en el contexto legislativo actual de EEUU, en que su propio sistema de patentes ha sido criticado internamente cada vez con más fuerza porque tiene estándares demasiado bajos.
El Informe 404 incluye ejemplos de arbitrariedades del informe 301 en Colombia y Chile, destacando innovaciones como la de Sudamerican Records que buscan alternativas más amplias al copyright. Ver Informe 404 completo en el sitio de la EFF »
Image may be NSFW.
Clik here to view.
Fuentes: USTR report 301, 2015.